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lunes, 24 de mayo de 2010

INDEPA saluda y considera trascendental norma aprobada por el Congreso de la República sobre la Ley de consulta

El Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano – INDEPA, felicita y considera transcendental la aprobación de la norma que regula el derecho de consulta previa a los pueblos indígenas y originarios sobre las medidas legislativas o administrativas que les afecten directamente.
Como ente rector de las políticas nacionales a favor del desarrollo con identidad de los pueblos indígenas, el INDEPA bajo la Presidencia Ejecutiva de Mayta Cápac Alatrista Herrera, sostiene que esta norma permitirá afianzar los lazos comunicativos con la población indígena en aras de concertar políticas a favor del desarrollo integral, basado en el respeto y la tolerancia.
Asimismo, garantizamos potenciar nuestra institución para estar a la altura de las responsabilidades a ser adquiridas una vez se apruebe la norma en el Poder Ejecutivo para que la consulta a los pueblos se realice de manera efectiva y exitosa, la cual ayudará en la construcción de una sociedad intercultural e inclusiva.
Pues, la norma señala que INDEPA como órgano técnico especializado en materia indígena del Poder Ejecutivo tendrá la facultad de concertar, articular y coordinar la implementación del derecho a la consulta, brindará asistencia técnica y capacitación previa a las entidades estatales y a los pueblos indígenas.
Sobre el proceso de la consulta, los pueblos indígenas u originarios participarán a través de sus instituciones y organizaciones representativas “elegidas conforme a sus usos y costumbres tradicionales”, por lo que el INDEPA tendrá un registro de las organizaciones de los pueblos indígenas u originarios e identificará a aquellas que deben ser consultadas.
También emitirá opinión sobre la calificación de las medidas legislativas o administrativas sobre el ámbito de la consulta y la determinación de los pueblos indígenas u originarios a ser consultados.
Esta norma indica que en caso no se alcance un acuerdo, corresponde a las entidades estatales adoptar todas las medidas que resulten necesarias para garantizar los derechos colectivos de los pueblos.
El texto final, que fue aprobado por 62 votos a favor, 7 en contra y 6 abstenciones, precisa que la finalidad de la consulta es alcanzar un acuerdo o consentimiento entre el Estado y los pueblos originarios. “El acuerdo entre el Estado y los pueblos indígenas u